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EL DICCIONARIO DE LA LEGISLACIÓN PERUANA
DE FRANCISCO GARCIA CALDERÓN
La reciente presentación en Arequipa y Lima del Diccionario panhispánico del español jurídico,
en el marco de los actos preparatorios del IX Congreso Internacional de la Lengua Española,
a realizarse en nuestro país la última semana de marzo de 2023, ha permitido que sea recordada
una de las obras fundamentales que produjo el Perú republicano del siglo xix, el Diccionario de
la legislación peruana del notable jurista Francisco García Calderón y Landa. García Calderón nació
en Arequipa, en 1834, ciudad donde su padre ejercía la magistratura y se había asentado
su tatarabuelo paterno, corregidor y justicia mayor, a inicios del siglo xviii. García Calderón fue
precoz estudiante del Colegio de la Independencia y de la Universidad Nacional de San Agustín,
instituciones en las que sobresalió como profesor de derecho e inició la elaboración de su Diccionario.
Se trasladó luego a Lima con el propósito de impulsar la publicación de esta obra. Ocupó por
breve tiempo la cartera de Hacienda, destacó en el parlamento como diputado y, más tarde, como
senador, cuya cámara presidió, y en los aciagos días de la ocupación chilena, fue elegido Presidente
Provisorio de la República, lo que le significó ser apresado y enviado como gobernante cautivo
a Santiago de Chile. Prologó también la primera edición de las Poesías de don Mariano Melgar
(Lima, 1878), resultó elegido el 30 de agosto de 1887 primer director de la Academia Peruana
de la Lengua y fue, además, rector de la Universidad Nacional de San Marcos hasta su
fallecimiento en 1905. Aquí, un fragmento del propio García Calderón -cuyo propósito
puede resumirse en su famosa frase «haced que un pueblo adquiera la conciencia de su poder y
de su libertad y nada podrán contra él todos los tiranos del mundo»-, y dos valoraciones
contemporáneas de su excepcional contribución al derecho en el Perú.
PRÓLOGO DEL TOMO PRIMERO
Francisco García calderón
o es preciso que me detenga en manifestar la imperiosa necesidad que tenemos de una obra de derecho,
Nque reuniendo todas las leyes y decretos que nuestros códigos contienen, ofrezca, por decirlo así, un cuadro
completo de ellas. Esta necesidad es bastante conocida por los que tienen motivo de consultar diariamente
ya los códigos de las leyes, ya la colección oficial, ya los periódicos del Gobierno. Después de emplear mucho
tiempo y mucho trabajo, se llega al fin a tener por resultado la convicción de que es imposible encontrar lo
que se deseaba {...}.
Llamado por mi profesión al estudio del Derecho, y precisado a formar textos para desempeñar una
cátedra de esta ciencia, que ha estado algún tiempo a mi cargo en el Colegio de la Independencia de Arequipa,
me convencí de que para tener un conocimiento algo extenso del derecho positivo en el Perú, no bastaba el
aprendizaje de los códigos nacionales; y que era necesario emprender un estudio serio y detenido de nuestra le-
gislación, desde la época de la independencia hasta nuestros días. Formé, pues, la determinación de hacer este
trabajo por una sola vez y tomando los apuntamientos necesarios para no verme precisado a emprenderlo de
nuevo en otra época. Nacióme entonces la idea de formar una obra que contuviese toda la legislación vigente
en la actualidad, no solo en el ramo judicial, sino también en el canónico, militar, administrativo y político; y
que dando cuenta exacta de la situación presente, encerrara al mismo tiempo algunos detalles sobre el pasado
anterior a la época de nuestra Independencia. Colección de la Biblioteca Nacional del Perú
Nada confiado en mis propias fuerzas, y atemorizado con la magnitud de
la obra, emprendí el trabajo con desconfianza y timidez, pensando que fuera ex-
clusivamente para mi uso particular. Ocultaba de todos mi proyecto, porque me
atemorizaba la idea de ser descubierto en mi camino, usurpando los derechos de
esclarecidos varones que han envejecido en el estudio de las leyes. Solo después de
dos años de trabajo me resolví a presentar a algunas personas los borradores que
tenía formados, y habiendo obtenido su aprobación, me decidí a ofrecer al público
el resultado de mis tareas.
En: Francisco García Calderón. Diccionario de la legislación peruana. Tomo I. Lima: Im-
prenta del Estado, 1860.
Óleo de la portada: Ramón Muñiz, 1924
https://cutt.ly/4K792gl
Claustro de San Agustín, Arequipa, s. xix
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